VITECTOR
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Certificados y declaraciones

Política de calidad

Monitorizamos y gestionamos continuamente la calidad en todas nuestras operaciones. Nuestras empresas subsidiarias cuentan con la certificación ISO 9001:2008, lo que implica que cumplen las rígidas normas de fabricación y gestión de calidad establecidas por la ISO, (Organización Internacional de Normalización o, en inglés, International Standards Organization).

Descargar el certificado ISO 9001:2015

Descargar el certificado ISO 14001:2015

Minerales en zonas conflictivas

Directiva REACH

REACH es el reglamento de la UE relativo a la comercialización de sustancias químicas. Es el acrónimo de “Registration, Evaluation and Authorization of Chemicals (Registro, Evaluación y Autorización de Productos Químicos”. FRABA no fabrica ni distribuye ningún producto que libere intencionadamente sustancias químicas, o cualquier otra sustancia preocupante, según se describe en la Directiva REACH. Por lo dicho, a nuestros productos no les afecta la Directiva REACH y no requieren registrarse.

EG-VO 1907/2006 - REACH

Directiva RoHS

RoHS es la Directiva de la UE que restringe el uso de ciertas sustancias peligrosas en productos eléctricos y electrónicos (Productos EEE). RoHS exige que los productos EEE no contengan más de un 0,1% (excepto para el cadmio que queda limitado al 0,01%) de peso de cualquiera de las sustancias contenidas en materiales homogéneos. Material homogéneo se refiere al material que no se puede separar mecánicamente en diferentes materiales.

FRABA cumple todos los requisitos de las Directivas RoHS (2002/95/EC) y RoHS2 (2011/65/EU).

RoHS II Declaration

Directiva WEEE

La Directiva WEEE tiene como objetivo evitar que los desechos procedentes de equipos eléctricos y electrónicos sean introducidos en el flujo de residuos. Si el aparato es conforme con esta directiva, la responsabilidad de la eliminación o reciclado de WEEE recae en su fabricante.

Los productos fabricados o distribuidos por FRABA no se incluyen dentro del ámbito de la Directiva WEEE porque no corresponden a ninguna de las categorías definidas para esos productos. Nuestros productos siempre están integrados dentro de sistemas o equipos más amplios y por lo tanto no constituyen un equipo autónomo según lo define el Comité de Adaptación Técnica o Technical Adaptation Committee (TAC).